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domingo, 10 de junio de 2012

Responsables del Impuesto


En las ventas, los comerciantes, cualquiera que sea la fase de los ciclos de producción y distribución en la que actúan y quien sin poseer tal carácter, ejecutan actos similares a los de aquellos.

En las ventas de aérodinos, tanto los comerciantes como los vendedores ocasionales de esos.

Quienes presten servicios y los importadores.

Cuando se trata de ventas por cuenta de terceros a nombre propio, tales como la comisión, son responsables tanto quienes realizan las ventas a nombre propio como el tercero por cuya cuenta se realiza el negocio.

Los comerciantes de bienes exentos no son responsables. Los comerciantes no son responsables no están exentos del régimen del impuesto sobre las ventas, en lo concernientes a las ventas de los bienes exentos.

Los clubes sociales o deportivos, responsables del impuesto, son las personas jurídicas que tienen sede social para la reunión, recreo o practica de deporte de sus asociados.

En caso del servicio de transporte, es responsable la empresa marítima o aérea que emite el tiquete o expida la orden de cambio.

En el caso del servicio de teléfono es responsable la empresa que factura directamente al usuario el valor del mismo.

En el caso de los servicios financieros son responsables, en cuanto a los servicios grabados, los establecimientos bancarios, las corporaciones financieras, las corporaciones de ahorro y vivienda, las compañías de financiamiento comercial, los almacenes generales de deposito y las demás entidades financieras sometidas a la vigilancia de la superintendencia bancaria, con excepción de las sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantías.

Son responsables del impuesto en la venta de productos derivados del petróleo, los productores, los importadores y los vinculados económicos de uno y otros.

Cuando se trata de venta de limonadas, aguas gaseosas aromatizadas y otras bebidas no alcohólicas con exclusión de los jugos de frutas y de legumbres y hortalizas, solamente se grabaran las operaciones que efectúa el productor, el importador o el vinculado económico de uno y de otro.

Son responsables del impuesto sobre las ventas en las operaciones cambiarias, los intermediarios del mercado cambiarlo y las casas de cambio autorizadas. En el caso de los servicios notariales son responsables las notarias.

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